La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia prohíbe el uso de la expresión «champaña» en este país a una empresa que lo utilizaba para algunos de sus vinos. Es el primer caso judicial en Colombia relacionado con la infracción de una Denominación de Origen protegida.

Tecnovino champana vinos Colombia SICLa Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia prohibió el 10 de agosto el uso de las expresiones «Champaña» y «Sabor artificial de Champaña» para algunos vinos, en respuesta a una petición del Comité Interprofessionnel du vin de Champagne contra una empresa colombiana. Así protege judicialmente la Denominación de Origen “Champagne” (en español: Champaña) y le ordena a Vinos de la Corte dejar de utilizar la expresión “Champaña” en el mercado.
La SIC da a conocer en un comunicado que se decretó una medida cautelar judicial contra la empresa Vinos de la Corte, «mediante la cual le ordenó abstenerse de utilizar las expresiones ‘Champaña’ y ‘sabor artificial Champaña’ en sus productos, página web y en cualquier tipo de material publicitario».

 La medida cautelar judicial

Como fundamento de la decisión judicial, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) encontró acreditado preliminarmente que la sociedad colombiana Vinos de la Corte S.A. produce y comercializa unos vinos espumosos que utilizan en su etiquetado la expresión “sabor artificial Champaña”  y que, además, promociona estos vinos espumosos en su página web www.vincorte.com como “Champaña”, situación que constituiría un uso no autorizado (infracción) de la Denominación de Origen “Champagne” (en español: Champaña).
Como fundamento de su decisión judicial, la Superindustria indica que encontró acreditado preliminarmente que la expresión “Champagne” (en español: Champaña) es una Denominación de Origen protegida mediante el Decreto Francés de 29 de junio de 1936 y reconocido por el ordenamiento jurídico colombiano mediante la Resolución No. 53516 de 2013 de la Superintendencia de Industria y Comercio. Por esta razón prosigue «solamente se encuentra autorizado su uso para aquellos productos que sean originarios de los distritos de la Antigua Provincia de Champagne y del Antiguo Condado de Barsurseine (Francia), siempre que cumplan con ciertas condiciones de calidad determinadas por la Denominación de Origen».
De otro lado, la Superintendencia de Industria y Comercio concluyó que los vinos espumosos comercializados por Vinos de la Corte «son producidos y provienen de Santander de Quilichao (Cauca) y no en la Antigua Provincia de Champagne y del Antiguo Condado de Barsurseine (Francia), requisito necesario para poder utilizar la Denominación de Origen “Champagne” (en español: Champaña)».
Como consecuencia de ello, la Superindustria ordenó como medida cautelar judicial a la empresa a abstenerse inmediatamente de utilizar las expresiones “Champagne”, “Champaña”, “sabor artificial Champaña”, así como retirar de manera inmediata cualquier aviso, material publicitario, promocional o comunicación pública, incluida la página web www.vincorte.com, en donde se utilice la expresión “Champaña”, “Champagne” o cualquier otra que resulte similar o idéntica a la denominación de origen “Champagne” reconocida mediante Resolución No. 53516 de la Superindustria.
Se trata del primer caso judicial en la historia de Colombia relacionado con la infracción de una Denominación de Origen protegida.

 Sobre las denominaciones de origen

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) añade en su nota de prensa información sobre las denominaciones de origen y las define como «una indicación geográfica constituida por la denominación de un país, de una región o de un lugar determinado, o constituida por una denominación que sin ser la de un país, una región o un lugar determinado se refiere a una zona geográfica determinada, utilizada para designar un producto originario de ellos y cuya calidad, reputación u otras características se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce, incluidos los factores naturales y humanos«. Y añade: «Una indicación geográfica es un signo que se utiliza para productos que tienen un origen geográfico concreto y poseen cualidades, características o una reputación derivadas principalmente de su lugar de origen. Por lo general, la indicación geográfica consiste en el nombre del lugar de origen de los productos«.
Actualmente la SIC confirma que se han registrado 148 denominaciones de origen ante la Superintendencia de Industria y Comercio, de las cuales 22 corresponden a denominaciones de origen colombianas, entre las que se encuentran “Café de Colombia”, “Queso Paipa”, “Bizcocho de Achira del Huila”, “Clavel de Colombia”, “Rosa de Colombia”, “Tejeduría Zenú” y “Tejeduría Wayuu”.