Unión de Uniones ha conseguido que se rectifique la ley estatal que prohíbe las quemas agrícolas. Se ha aprobado una enmienda quedando eliminada la normativa aprobada hace seis meses que no permitía realizar quemas agrícolas de forma generalizada.
Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos ha conseguido que los grupos políticos en el Congreso de los Diputados aprobaran ayer la modificación de la Ley estatal 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que prohíbe de forma general la quema de residuos agrícolas (restos vegetales).
A propuesta de la organización, el PDCAT introdujo la enmienda que elimina el artículo 27.3 de la ley de abril a la ley por la que se regula el sistema de gestión de la Política Agraria Común (PAC) y otras medidas conexas en trámite de ponencia en la Comisión de Agricultura. Así, esta enmienda fue aprobada sin la oposición de ningún grupo parlamentario quedando eliminada la normativa aprobada hace seis meses que no permitía realizar quema de residuos agrícolas de forma generalizada.
Unión de Uniones puso de manifiesto su desacuerdo desde el momento en el que se publicó la Ley de residuos estatal y alertó a los grupos políticos en el Congreso, proponiéndoles la derogación en el plazo de presentación de enmiendas, que finalizó a finales de agosto, en el primer proyecto de ley, a fin de no dilatar su aprobación.
La prohibición de quemas agrícolas comportaba costes económicos en todas las explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales y costes ambientales, ya que habría que haber trasladado incontables toneladas de restos vegetales a centros de tratamiento o bien comprar o alquilar maquinaria para triturarlos, lo que, además del sobrecoste para el campo, habría provocado una mayor emisión de CO2.
Unión de Uniones, además, señala que «con esta prohibición la Administración iba más allá de lo previsto en las directivas de la Unión Europea de residuos y la relativa a la reducción de las emisiones, que no establecen la obligación de la prohibición con carácter general y, al contrario, obligan a velar por que se tenga en cuenta el impacto en las pequeñas explotaciones agrarias».
En las últimas semanas, la organización ha mantenido reuniones con los diversos grupos del Congreso para que apoyaran anular la prohibición de quema de residuos agrícolas aprovechando el debate de la citada ley sobre la gestión de la PAC.
Unió de Uniones no contempla que los grupos políticos en ambas cámaras, en relación al debate de la ponencia de la PAC, se echen atrás a la hora de apoyar la supresión del artículo 27.3, y se felicita por el apoyo recibido.
Asimismo, la organización confía también en que algunas más de sus propuestas encuentre el apoyo de los grupos para salir adelante en los trámites de las iniciativas legislativas que tramita actualmente el Congreso.
Más razones esgrimidas en contra de esta Ley estatal 7/2022 de 8 de abril por Unión de agricultores y ganaderos de Castilla-La Mancha
La Unión de agricultores y ganaderos de Castilla-La Mancha mostraba recientemente su desacuerdo con la prohibición de la quema de residuos agrícolas llevada a cabo por el Gobierno. Entre los residuos agrícolas se contemplaban los sarmientos de la vid, los ramones de la poda de la oliva o los frutales.
El sindicato agrario defendía que esta práctica tiene una finalidad fitosanitaria: evitar la extensión de plagas y enfermedades de la que esos restos de podas o rastrojos son reservorio. Por ello, esta prohibición provocará plagas o enfermedades, como el barrenillo en la oliva, la yesca en el viñedo y tantas otras en otros tantos cultivos, verán favorecida su expansión con la trituración de restos sustitutiva de las quemas.
Pero no es todo. También asumían que los agricultores se verían obligados a la utilización de trituradoras y picadoras propulsadas por motores térmicos, los de los tractores, que utilizan combustibles fósiles, liberando de nuevo carbono fósil a la atmósfera. Y que, además, deberían destinar una parte de la inversión a comprar esta maquinaria, lo que supondrá una bajada de su rentabilidad. También exponían que, mientras se prohíbe la quema de residuos vegetales a los agricultores, se fomenta la creación de plantas de cogeneración mediante biomasa.
Por su parte, defendían que cuando se quema materia vegetal, los gases producidos son vueltos a capturar por las plantas, resultando una emisión neutra, lo emitido por lo retenido.
Una aplicación de la ley que sigue siendo polémica
A este respecto el 17 de octubre desde la Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos señalan que la Junta de Extremadura impone la interpretación más drástica de la ley con respecto a la quema de restos vegetales. Y dicen: «Si la Ley Estatal de residuos es la misma para todas las Comunidades Autónomas, ¿por qué motivo se permite la quema de restos vegetales tan amplia y sin requisitos en Castilla la Mancha y no se permite en Extremadura?».
La Ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados establece en su artículo 27.3 la prohibición, con carácter general, de cualquier quema de restos vegetales, excepto por razones fitosanitarias, siendo las comunidades Autónomas las encargadas de regular estos conceptos en su ámbito territorial.
Castilla la Mancha establece la posibilidad de quemar restos vegetales por motivos fitosanitarios para la totalidad de organismos nocivos de las plantaciones de viña, olivar, Frutales de hueso y pepita, almendro, pistachero, hortícolas, cereales y oleaginosas; sin necesidad de ningún otro requisito que la propia declaración.
En Aragón se permite la quema de restos vegetales por motivos fitosanitarios para la totalidad de los organismos nocivos de almendro, frutales de hueso y pepita, olivar, viñedo, coníferas, quercineas, y choperas, en esta comunidad autónoma es imprescindible además de la solicitud un informe emitido por un asesor en gestión integrada de plagas.
En Extremadura el 14 de octubre el DOE publicaba las normas para permitir las quemas de restos vegetales por motivos fitosanitarios, solo se permite para varias enfermedades de frutales de hueso, el fuego bacteriano en pepita, el verticilium en olivar, barrenillo en el olivar, chancro en el alcornoque, los virus del bronceado y de la cuchara en tomate, y la bacteria del chancro en el tomate; además de la solicitud es necesario presentar:
- Acreditación de la plaga con fotos georreferenciadas-, análisis de laboratorio y otros medios justificativos.
- Base territorial afectada
- Motivación de la imposibilidad de evitar la propagación de la enfermedad a través de otras alternativas.
Por ello se preguntan «¿por qué motivo se permite la quema de restos vegetales tan amplia y sin requisitos en Castilla la Mancha y no se permite en Extremadura?». Y ñaden: «¿Por qué se pueden quemar restos del cultivo de tomateras afectados por el fusarium en Mancha y no en Extremadura que hemos tenido una incidencia importante?».
Y siguen cuestionand esta decisión: «¿A qué se debe esta discriminación de los agricultores extremeños, esta cantidad de trabas que la Junta de Extremadura impone a sus ciudadanos que en cambio otras administraciones intentan paliar?. ¿Por qué la Junta de Extremadura a través de la Consejería de Agricultura intenta dejar sin viabilidad la agricultura en esta Región?».
Añaden que la Unión Extremadura ha remitido un escrito al Presidente de la Junta de Extremadura instándole a que no se aplique la Ley de manera tan rigurosa a los agricultores de esta tierra, que vea lo que están haciendo otras administraciones tan progresistas como la extremeña, que mantiene un equilibrio entre medio ambiente y la práctica tradicional de la agricultura.